Miércoles 4 de Marzo de 2026

Avellaneda

Aprueban el Mapa de Peligrosidad Hídrica de arroyos del sur del Conurbano y fijan nuevas restricciones urbanísticas

15 de Enero de 2026

La Autoridad del Agua (ADA) de la provincia de Buenos Aires aprobó oficialmente el Mapa de Peligrosidad Hídrica de la Cuenca de los arroyos San Francisco, Las Piedras, Sarandí y Santo Domingo, una herramienta estratégica para la planificación territorial y la gestión del riesgo de inundaciones en el sur del Conurbano bonaerense.

La resolución impacta de manera directa en los municipios de Avellaneda, Quilmes, Florencio Varela y Lanús, que deberán incorporar esta información en sus Códigos de Ordenamiento Territorial y de Edificación. A partir de la medida, se establecen limitaciones concretas al uso del suelo y a las construcciones, según el nivel de peligrosidad hídrica identificado en cada zona.

Una herramienta clave para prevenir inundaciones

El mapa delimita las áreas susceptibles de sufrir inundaciones y clasifica el riesgo hídrico de acuerdo con la recurrencia de los eventos, que puede ser de 10, 25, 50, 100 y hasta 200 años. Esta categorización permitirá adoptar decisiones más precisas en materia de urbanización, obras de infraestructura y desarrollo inmobiliario.

El documento puede ser consultado de forma pública a través del geoportal oficial de la Autoridad del Agua.

La elaboración estuvo a cargo de la Dirección de Planeamiento Hídrico y se basó en estudios hidrológicos, hidráulicos y geomorfológicos, aplicando metodologías científicas reconocidas. Para su desarrollo se utilizaron datos actualizados de topografía, uso del suelo, regímenes de lluvias y escurrimientos, además de proyecciones vinculadas al cambio climático y aportes de especialistas.

Restricciones y obligaciones para los municipios

Las áreas identificadas pasan a ser consideradas formalmente “Áreas de Peligrosidad Hídrica”, con carácter oficial y vinculante. En estos sectores queda prohibida la generación de obstáculos, como obras, plantaciones u otras intervenciones, sin la autorización previa de la Autoridad del Agua.

Asimismo, no se podrá otorgar factibilidad hidráulica para nuevas construcciones en estas zonas, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 6° del Código de Aguas (Ley N° 12.257).

La normativa también instruye a la Dirección Provincial de Planes Hídricos, Monitoreo y Alerta a publicar el mapa en el geoportal oficial y a brindar asistencia técnica a los municipios para su correcta interpretación y aplicación.

Planificación y gestión del riesgo

 

Desde el organismo provincial subrayaron que los mapas de peligrosidad hídrica no solo permiten identificar las zonas con probabilidad de inundación, sino también dimensionar la magnitud del riesgo en cada sector. En ese sentido, se consolidan como una herramienta técnica fundamental para la prevención de desastres, la planificación de emergencias, la gestión del riesgo y el ordenamiento territorial en el Conurbano bonaerense.

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