Bahía Blanca
Juzgan a la exconsejera escolar Fiorella Damiani por falso testimonio agravado
24 de Febrero de 2026
Desde hoy y hasta el jueves inclusive, el Tribunal en lo Criminal Nº 1 analiza la conducta de la suspendida consejera escolar Fiorella Belén Damiani, quien podría enfrentar una pena de prisión en caso de resultar condenada.
La joven llega a juicio acusada de haber denunciado y señalado a dos jóvenes por una presunta violación ocurrida en una vivienda de Punta Alta. Sin embargo, posteriormente aparecieron fragmentos de videos que, según la investigación, demostrarían que la relación sexual fue consentida.
El caso fue dado a conocer públicamente a fines de 2021. En ese momento no se difundieron las identidades de los involucrados, ya que la defensa de los jóvenes evaluaba avanzar judicialmente contra la denunciante.
La acusación
Damiani está procesada por el delito de falso testimonio agravado, conforme al artículo 275 del Código Penal.
La norma establece penas de un mes a cuatro años para “el testigo, perito o intérprete que afirmare una falsedad o negare o callare la verdad, en todo o en parte, en su deposición, informe, traducción o interpretación hecha ante la autoridad competente”.
No obstante, el segundo párrafo del artículo —el que le imputa la fiscalía— eleva la pena de uno a diez años de prisión cuando el falso testimonio se presta “en una causa criminal y en perjuicio del inculpado”.
Los denunciados, Joaquín Álvarez y Fernando Pereyra, manifestaron públicamente su intención de que la acusada reciba una condena ejemplar. Ambos sostienen que aún padecen las consecuencias del proceso que atravesaron hace casi nueve años, período en el que estuvieron detenidos varios días y afrontaron la posibilidad de una condena que podía alcanzar los 20 años de prisión.
Los videos que cambiaron la causa
El giro en el expediente se produjo cuando uno de los jóvenes halló encriptados cuatro videos filmados la noche del 19 de julio de 2017. Las imágenes —que habían quedado almacenadas automáticamente en la nube de uno de los dispositivos— mostrarían que el encuentro sexual entre la denunciante, entonces de 18 años, y los acusados fue consentido.
La fiscal Marina Lara, quien inicialmente había impulsado la detención de ambos, revisó el material y modificó su postura. En su resolución dejó constancia de que, según lo observado, la situación registrada en los videos no coincidía con el relato efectuado por la denunciante.
En ese contexto, la funcionaria sostuvo que en las imágenes no se advertía que la joven hubiera sido forzada ni que se encontrara imposibilitada de moverse durante el acto sexual, lo que motivó el cambio de criterio en la acusación original.
El Tribunal deberá ahora determinar si existió falso testimonio agravado y, en consecuencia, la eventual responsabilidad penal de la exconsejera escolar.
