Tarea para el Gobierno
La Justicia ordenó reparar de manera urgente las rutas nacionales 7, 8 y 33 en Santa Fe
10 de Agosto de 2026
Un juez federal de Venado Tuerto hizo lugar a un recurso de amparo y ordenó al Estado Nacional realizar la reparación integral y urgente de los tramos de las rutas nacionales 7, 8 y 33 que atraviesan el departamento General López, en Santa Fe.
La resolución fue dictada por el juez federal Aurelio Antonio Cuello Murúa, a partir de una acción de amparo presentada por la senadora provincial Leticia Di Gregorio contra la Dirección Nacional de Vialidad (DNV). El planteo reclamaba la intervención de las autoridades para garantizar condiciones adecuadas de seguridad y circulación para quienes utilizan esos corredores viales.
El magistrado consideró acreditado el grave deterioro de las calzadas y sostuvo que los organismos responsables habían incumplido sus obligaciones de conservación y mantenimiento. Según el fallo, el estado de las rutas exige una intervención urgente y la propia documentación presentada por Vialidad permitió comprobar las deficiencias existentes.
En particular, respecto de la Ruta Nacional 33, la sentencia describe la presencia de grietas, hundimientos, baches y ahuellamientos, condiciones que representan un riesgo para la seguridad y la integridad de quienes circulan por el corredor.
El juez concluyó que las distintas reparticiones responsables de los corredores viales no cumplieron con los deberes mínimos de mantenimiento y conservación, generando una situación de peligro para los usuarios.
La Ruta 33, en estado crítico
Uno de los elementos considerados por el magistrado fue el reconocimiento realizado por la propia Dirección Nacional de Vialidad sobre el estado de la Ruta 33.
De acuerdo con el expediente, autoridades del Distrito Santa Fe de Vialidad habían señalado que la ruta necesitaba una intervención urgente. A partir de ese diagnóstico se llevó adelante una licitación que terminó siendo adjudicada a la empresa Rovial S.A.
Sin embargo, los trabajos no pudieron completarse. La firma realizó tareas de bacheo en una parte del corredor, pero posteriormente las obras quedaron paralizadas debido a la falta de autorización de las partidas presupuestarias necesarias para continuar con las intervenciones.
Vialidad también ejecutó trabajos mínimos de bacheo en frío entre Venado Tuerto y Murphy. Para el juez, esas tareas fueron insuficientes frente a la magnitud de los problemas existentes.
El expediente incorporó además fotografías aportadas por la propia DNV que evidenciaron el estado de la calzada. En ese sentido, el fallo sostiene que las obras realizadas no alcanzaron para atender la gravedad del deterioro de la Ruta Nacional 33.
También cuestionaron el mantenimiento de las rutas 7 y 8
La resolución judicial también analizó la situación de las rutas nacionales 7 y 8, concesionadas a Corredores Viales S.A.
Sobre la Ruta 7, el juez señaló que se habían realizado algunas tareas de bacheo, aunque consideró que no estaba acreditado que se hubieran ejecutado obras o trabajos de mantenimiento de manera sostenida sobre la totalidad del tramo que atraviesa el departamento General López.
En el caso de la Ruta 8, la sentencia destacó que la propia Dirección Nacional de Vialidad había labrado 55 actas de constatación por incumplimientos contractuales de Corredores Viales. Además, se habían realizado reiteradas comunicaciones para intentar corregir las deficiencias detectadas.
Según el fallo, la empresa solamente acreditó trabajos en el sector comprendido entre los kilómetros 359 y 362, una intervención que el magistrado consideró insuficiente para cubrir las necesidades del corredor en materia de seguridad vial y conservación de la calzada.
Por ese motivo, rechazó el argumento de Corredores Viales respecto de que sus obligaciones no incluían tareas de repavimentación.
El juez sostuvo que la empresa sí tenía responsabilidades relacionadas con la mejora, reparación y mantenimiento de las rutas 7 y 8 y que, de acuerdo con las pruebas incorporadas al expediente, esas obligaciones no habían sido cumplidas adecuadamente.
El Estado Nacional deberá garantizar las obras
El magistrado remarcó que el Estado Nacional no puede desligarse de su responsabilidad de garantizar la reparación de las rutas argumentando que determinados corredores se encuentran concesionados o que las empresas responsables están atravesando procesos de cambio.
La resolución se produjo mientras avanzaban nuevas adjudicaciones dentro de la Red Federal de Concesiones. Para la Justicia, esa situación administrativa no puede convertirse en un impedimento para garantizar la seguridad de las personas que utilizan las rutas.
En ese sentido, el juez sostuvo que la distribución interna de competencias entre organismos y empresas no puede obstaculizar la protección efectiva de los derechos involucrados.
Por eso, estableció que la reparación deberá ser garantizada por el Estado Nacional, ya sea directamente a través de Vialidad, del organismo que eventualmente asuma esas funciones o mediante las empresas concesionarias correspondientes.
La eventual participación de las concesionarias, aclaró, no modifica la responsabilidad del Estado Nacional de asegurar el cumplimiento de la orden judicial.
La Justicia habló de una situación de peligro
Para el magistrado, el deterioro de las rutas excede un problema de infraestructura y está relacionado directamente con derechos fundamentales como la libre circulación, la salud, la vida y la seguridad vial.
El fallo también considera que el mal estado de las calzadas constituye un hecho conocido por los habitantes y usuarios habituales de la región.
Las pruebas reunidas durante el proceso, según la sentencia, demostraron el grave deterioro de la cinta asfáltica y la insuficiencia de las acciones de conservación y mantenimiento realizadas en los sectores concesionados.
Finalmente, el juez rechazó los planteos de falta de legitimación formulados por Corredores Viales S.A. y por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Luego, hizo lugar al amparo y ordenó la “inmediata y urgente reparación integral” de las rutas nacionales 33, 7 y 8, con el objetivo de garantizar su transitabilidad plena en el departamento General López.
La medida alcanza al Estado Nacional, que deberá asegurar la ejecución de las obras a través de Vialidad, del organismo que eventualmente la reemplace en esas funciones o de las empresas concesionarias que correspondan.
