Régimen Penal Tributario
El Gobierno reglamentó la “inocencia fiscal” para incentivar el uso de dólares no declarados
9 de Febrero de 2026
El Gobierno nacional reglamentó este lunes el Régimen Penal Tributario y el Procedimiento Tributario, conocido oficialmente como “inocencia fiscal”, una iniciativa que busca incentivar la incorporación de los llamados “dólares del colchón” a la economía formal.
La norma, que entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, introduce modificaciones tanto en el Régimen Penal Tributario como en el Código Civil y Comercial. El eje central del esquema es un alivio en los controles sobre el origen del patrimonio, a cambio de un cumplimiento estricto de la facturación y de las obligaciones declaradas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Desde el organismo recaudador defendieron la medida y señalaron que “la Ley de Inocencia Fiscal viene a poner las cosas en su lugar y le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”.
Entre los cambios más relevantes, la reglamentación eleva de forma significativa los umbrales de evasión: la evasión simple pasa a fijarse en 100 millones de pesos, mientras que la evasión agravada se establece en 1.000 millones. Además, el plazo de prescripción de los delitos tributarios se reduce de cinco a tres años.
Este nuevo esquema implica que quienes se inscriban en el Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) en los próximos meses no podrán ser investigados por hechos anteriores a partir del año 2029.
Otro punto clave es la despenalización de la evasión en determinados supuestos. Frente a un incumplimiento detectado, el contribuyente podrá regularizar su situación mediante el pago de la deuda sin enfrentar automáticamente una causa penal. Con esta medida, el Gobierno apunta a ampliar la base tributaria y canalizar fondos no declarados hacia la economía formal.
Inocencia fiscal: los puntos clave de la reglamentación
La adhesión al régimen estará limitada a contribuyentes con ingresos anuales de hasta $1.000 millones y un patrimonio máximo de $10.000 millones, siempre que no estén categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales. La evaluación se realizará considerando el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumular montos entre ejercicios.
ARCA habilitará una Declaración Jurada Simplificada precargada, que podrá ser revisada, ajustada y presentada por el contribuyente. El pago en término del impuesto, o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento, tendrá efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período base, brindando mayor previsibilidad fiscal.
Además, la constancia digital de adhesión funcionará como antecedente favorable ante entidades financieras y sujetos obligados en materia de prevención de lavado de activos, con validación digital del organismo.
La normativa también establece que ARCA no analizará incrementos patrimoniales —incluidos depósitos bancarios— para verificar la adhesión al régimen y presume la exactitud de las declaraciones presentadas bajo la modalidad simplificada, salvo discrepancias relevantes debidamente comprobadas. Asimismo, quienes rectifiquen errores de manera voluntaria antes de una inspección no serán considerados en falta grave y se prevé una reducción del 50% de las multas para quienes regularicen su situación dentro de los 45 días posteriores al vencimiento.
La iniciativa forma parte del paquete de medidas impulsadas por el Gobierno que encabeza Javier Milei, con el objetivo de flexibilizar el sistema tributario y promover la formalización de capitales.
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