Viernes 8 de Mayo de 2026

"Inadmisible"

La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno y frenó su intento de acelerar la reforma laboral

7 de Mayo de 2026

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves el recurso de per saltum presentado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal intervenga de manera directa en la discusión sobre la constitucionalidad de la reforma laboral impulsada por la administración de Javier Milei.

La decisión fue firmada por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, quienes consideraron “inadmisible” el planteo presentado por el Estado nacional al entender que no están dadas las condiciones excepcionales necesarias para saltear las instancias judiciales inferiores.

“A juicio de esta Corte no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”, señala el fallo difundido este jueves.

Con esta resolución, el máximo tribunal archivó las actuaciones impulsadas por la Procuración del Tesoro, que buscaba revertir de manera inmediata el fallo de primera instancia que declaró inconstitucionales más de 60 artículos de la Ley de Modernización Laboral aprobada por el Congreso.

El rechazo representa un fuerte revés judicial para la estrategia del Gobierno, que pretendía que la Corte interviniera sin esperar las decisiones de las cámaras de apelación ni el recorrido habitual del expediente.

La presentación oficial había sido realizada en el marco de la causa iniciada por la CGT contra la Ley 27.802, una de las reformas centrales impulsadas por el oficialismo en materia laboral.

Qué es el per saltum
El per saltum es un recurso judicial extraordinario que permite llevar un expediente directamente a la Corte Suprema sin pasar por instancias intermedias, como las cámaras de apelaciones.

Se trata de una herramienta de aplicación excepcional, reservada para casos de “gravedad institucional” en los que se considera necesario un pronunciamiento rápido y definitivo para evitar daños irreparables o de muy difícil reparación posterior.

Justamente, la Corte entendió que en este caso no se acreditaron esas condiciones extraordinarias, por lo que decidió rechazar el planteo del Gobierno y mantener el trámite judicial ordinario de la causa.

 
 
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