Miércoles 12 de Agosto de 2026

Boletín Oficial

El Gobierno reglamentó el cobro de atención médica a extranjeros no residentes en hospitales nacionales

11 de Agosto de 2026

El Gobierno nacional reglamentó la medida que permitirá cobrar la atención médica a extranjeros que no tengan residencia en Argentina y sean atendidos en hospitales públicos administrados por el Estado Nacional.

La disposición fue oficializada a través del Boletín Oficial por el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, y establece uno de los puntos contemplados en la reforma migratoria impulsada por el Ejecutivo.

La normativa establece un “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”, cuyo objetivo es unificar los criterios de atención y establecer mecanismos para recuperar los costos de las prestaciones brindadas a personas no residentes.

La reglamentación surge a partir del DNU 366/2025, firmado por el presidente Javier Milei en mayo del año pasado. El decreto introdujo modificaciones en el régimen migratorio, entre ellas nuevas condiciones para el ingreso al país y el acceso a la residencia permanente, además de habilitar el cobro de determinados servicios en hospitales y universidades nacionales a extranjeros que no tengan residencia.

Cómo funcionará el cobro en los hospitales

La nueva normativa establece una diferencia entre los extranjeros que cuentan con residencia permanente y quienes permanecen en el país sin esa condición migratoria.

Los residentes permanentes tendrán el mismo acceso al sistema de salud nacional que los ciudadanos argentinos y deberán acreditar su condición mediante el DNI.

En el caso de los extranjeros no residentes, la atención podrá gestionarse bajo dos modalidades.

Si la persona cuenta con seguro médico, el establecimiento sanitario podrá reclamar a la compañía aseguradora el costo correspondiente a la prestación.

En cambio, cuando el paciente no tenga cobertura, deberá afrontar el pago de la atención recibida.

Las emergencias seguirán siendo gratuitas y garantizadas

El Gobierno aclaró que las emergencias médicas continuarán estando garantizadas para todas las personas, independientemente de su situación migratoria.

La atención no podrá ser rechazada ni demorada por cuestiones administrativas cuando exista un riesgo cierto e inminente para la vida o para las funciones vitales del paciente.

Dentro de esta categoría se incluyen, entre otras situaciones, infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.

Una vez estabilizada la situación de emergencia, las consultas, tratamientos y prestaciones posteriores podrán ser facturados al paciente o a su compañía aseguradora, según corresponda.

Cada hospital deberá implementar su propio sistema

Desde el Ministerio de Salud señalaron que la resolución busca establecer criterios comunes para los hospitales nacionales y ordenar el mecanismo de recuperación de los costos derivados de la atención de personas extranjeras no residentes.

Sin embargo, cada establecimiento sanitario deberá desarrollar y poner en funcionamiento su propio sistema operativo para aplicar el cobro de las prestaciones, de acuerdo con las disposiciones establecidas por la nueva reglamentación.

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